El Concejal de Urbanismo, Moisés López, ante la proximidad de las Fiestas Patronales de Moros y Cristianos, y teniendo en cuenta que las Guaridas y Sedes Festeras forman parte de una parte especial e indirecta a su vez de las Fiestas, realiza ha publicado el recordatorio de los trámites anuales y el plazo de los mismos en relación con las actividades de guaridas y sedes festeras, para que sus usuarios e invitados puedan disfrutar de ellas en estas fechas; así como el trámite de solicitud de los veladores o cañizos exclusivamente para los días de Fiestas Patronales.
Cabe destacar que todo ello viene establecido en las Ordenanzas Municipales Reguladora de las “Guaridas” del Municipio de Caudete (Albacete), (publicada en el BOP nº 20, de fecha 19 de febrero de 2014) y en la Ordenanza Municipal Reguladora de las “Sedes Festeras” del Municipio de Caudete (Albacete), (publicada en el BOP nº 14, de fecha 5 de febrero de 2014), las cuales están disponibles en la web municipal para su consulta; a excepción de los veladores o cañizos, que es una concesión discrecional no recogida en Ordenanza.
No obstante, el Concejal ha querido resumir qué pasos hay que seguir en cada una de las situaciones, para facilitar la tramitación a sus propietarios y responsables, ofreciéndose a atender a todo aquel que necesite asesoramiento al respecto o resolver posibles dudas, pudiendo asistir para ello al despacho del propio Concejal ubicado en la primera planta del Ayuntamiento, o por cualquier medio habilitado de comunicación.
1. Quiero dar de alta una nueva Guarida, ¿qué tengo que hacer?
– Presentar en el Ayuntamiento los modelos de DR guaridas y Grupo de interesados, junto con la documentación que se especifica en los modelos (Certificado técnico, seguro de RC y justificante de pago en vigor, escritura de propiedad o contrato alquiler, DNI´s de propietario y de interesados, etc). Esta documentación tiene que ser presentada con una antelación de un mes antes del comienzo de la actividad de guarida.
2. Tengo una Guarida ya dada de alta, ¿tengo que hacer algún trámite?
– Si, hay que renovar todos los documentos aportados anteriormente, en función de su caducidad (Seguro, certificado técnico, contrato alquiler). Esta documentación hay que presentarla en el Ayuntamiento con una antelación mínima de 15 días antes de la caducidad de cada uno de los documentos.
– Si se ha dado de baja algún interesado o grupo de interesados, hay que presentar una instancia en el Ayuntamiento (deberá ir firmada por el propietario de la sede festera), comunicando la baja de los interesados o grupo de interesados.
– Si se da de alta nuevo grupo de interesados, hay que presentar el documento de interesados, junto con los DNI´s de los interesados y el nuevo contrato de alquiler.
Es importante dar de baja los grupos o interesados que ya no pertenecen a la guarida, puesto que en caso de cualquier incumplimiento, son responsables todos los miembros que consten en el Ayuntamiento de Caudete como pertenecientes a la guarida (que serán todos sino se ha procedido a darlos de baja).
3. Quiero dar de alta una Sede Festera ¿qué tengo que hacer?
– Presentar en el Ayuntamiento los modelos de DR sedes festeras y Grupo de interesados, junto con la documentación que se especifica en los modelos (Certificado técnico, seguro de RC y justificante de pago en vigor, escritura de propiedad o contrato alquiler, DNI´s de propietario y de interesados, documentación acreditativa de la designación de cargos festeros, etc.). Esta documentación tiene que ser presentada con una antelación de un mes antes del comienzo de la actividad de sede festera.
4. Tengo una Sede Festera ya dada de alta, ¿tengo que hacer algún trámite?
– Si, hay que renovar todos los documentos aportados anteriormente, en función de su caducidad (Seguro, certificado técnico, contrato alquiler). Esta documentación hay que presentarla en el Ayuntamiento con una antelación mínima de 15 días antes de la caducidad de cada uno de los documentos.
– Si se ha dado de baja algún interesado o grupo de interesados, hay que presentar una instancia en el Ayuntamiento (deberá ir firmada por el propietario de la sede festera), comunicando la baja de los interesados o grupo de interesados.
– Si se da de alta nuevo grupo de interesados, hay que presentar el documento de interesados, junto con la documentación acreditativa de la designación de cargos festeros de los interesados y el nuevo contrato de alquiler.
5. Para poder instalar el velador o cañizo delante de la puerta de la Guarida, ¿qué tengo que hacer?
– Previamente deberá estar dada de alta la guarida o sede festera.
– Cuando se publique el bando para las ocupaciones de las vías publicas por los veladores de guaridas, tendrás que presentar solicitud de velador en el plazo que se indique
Según ha trasladado, muchos usuarios están ya presentando documentación para actualizar las autorizaciones existentes así como para proceder con nuevas altas, para lo que previamente se ha realizado también un trabajo documental interno que permita agilizar la respuesta municipal a las solicitudes. Así mismo, insistía en la importancia de no dejar pasar por alto la necesaria tramitación administrativa por parte de los interesados, para poder otorgarles la placa identificativa que ha de instalarse en la fachada de estos locales que indica la legalidad de la misma, una medida impulsada el año pasado a puertas de fiestas, recogida en la Ordenanza, acogida con buen agrado y que aporta garantía del cumplimiento normativo a usuarios y vecinos.
Por otro lado, ha querido aprovechar para pedir colaboración ciudadana, responsabilidad y sentido común a quienes hacen uso de las Guaridas y de las Sedes Festeras y a quienes las disfrutan, pues dicho espacio de reunión y celebración tiene que ser compatible con el descanso de los vecinos en donde se ubican las mismas, por lo que hace énfasis en el cumplimiento de horarios y emisión de ruidos, así como en el comportamiento y cuidado del entorno público que las rodea.
Last modified: 30 de julio de 2026








