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Bando Municipal: Deber de conservación y rehabilitación de los inmuebles

14 de enero de 2026

BANDO MUNICIPAL
D. JOSÉ MIGUEL MOLLÁ NIETO, ALCALDE- PRESIDENTE DEL
M. I. AYUNTAMIENTO DE CAUDETE,

HACE SABER

Se pone en conocimiento de todos los caudetanos en relación al deber de conservación y rehabilitación de los inmuebles la siguiente normativa:

-Según el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, artículo 137 indica que los propietarios de terrenos, construcciones y edificios tienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisos para conservarlos o rehabilitarlos, a fin, en todo caso, de mantener en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo.

-Según las Normas Subsidiarias de Caudete actualmente en vigor, artículo 7.1. indica que los propietarios de los edificios están obligados al mantenimiento y conservación en perfecto estado de solidez y ornato de los mismos en todos sus elementos, incluso los no visibles interior o exteriormente. A los fines de conservación de los edificios la Autoridad Municipal competente podrá dictar las órdenes de ejecución que sean precisas, de oficio o a instancia de cualquier interesado, de conformidad con la legislación vigente.

Lo que se hace público, para general conocimiento y cumplimiento.

EL ALCALDE,
Documento firmado digitalmente

 

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Last modified: 15 de enero de 2026

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