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MODIFICACIÓN REQUISITOS ABONO SOCIAL TELEFÓNICA

6 de diciembre de 2020

El umbral de renta familiar para tener derecho a este plan de precios para pensionistas y jubilados se amplia y aumentar así el número de beneficiarios.

Anteriormente se consideraba el IPREM x 1,1 y ahora se pasa al IPREM x 1,2, para que puedan beneficiarse más hogares.

El plan de precios denominado abono social, dirigido a jubilados y pensionistas, supone una reducción del 70% en el importe de la cuota de alta del servicio telefónico y una rebaja del 95% en el importe de la cuota da abono de línea individual.

REQUISITOS:

– Ser jubilado o pensionista (por incapacidad, viudedad, orfandad, etc.) y estar cobrando una pensión causada en el Régimen General u otros del Sistema de la Seguridad Social (no es necesario el requisito de edad mínima).

– Que la renta familiar no supere los 8.946,14 euros en el año 2010 (14 pagas de 639,01 euros) equivalente al 120% del IPREM.

Ambos requisitos se consideran cumplidos cuando concurren en la persona que figura como titular del contrato del teléfono o en su cónyuge, siempre que ambos convivan en el mismo domicilio.

– Que la instalación de la línea beneficiaria del Abono Social coincida con el empadronamiento del titular y que éste no disponga de otro teléfono que se beneficie de esta reducción.

SOLICITUD Y DOCUMENTACION NECESARIA:

1. Deberá enviar la solicitud por fax o correo ordinario a:

Apartado de correos: 423
48080 BILBAO Fax: 902 36 18 93

2. DOCUMENTACIÓN que tiene que presentar:

– Fotocopia del D.N.I., pasaporte o Tarjeta de Residente de todas las personas que viven en el domicilio y documento acreditativo equivalente para los menores de 16 años (fotocopia del Libro de Familia).
– Volante de empadronamiento familiar o colectivo. Deben figurar todas las personas censadas en la misma vivienda y, además, el Ayuntamiento deberá indicar que “no existen más inscripciones”.
– Acreditación de ingresos del año en curso (percepción o no percepción de los mismos) para el titular y cada una de las personas empadronadas, mayores de 16 años, y que según su situación presentarán la documentación que se indica a continuación:

Pensionistas
Con pensión contributiva y con 65 años o más:
Notificación de revalorización y paga única de pensiones o certificado de pensión mensual expedido por el INSS (incluso para clases pasivas del Estado).

Con pensión contributiva y menor de 65 años:
Notificación de revalorización y paga única de pensiones o certificado de pensión mensual expedido por el INSS (incluso para clases pasivas del Estado).
Informe de Vida Laboral emitido por la Tesorería de la Seguridad Social.
En activo: Fotocopia de la última nómina o acreditación de ingresos.
No activo: Certificado del INEM de la prestación que se perciba.

Con pensión no contributiva:
Certificado del organismo oficial que corresponda con la cuantía de la que sea beneficiario.

No pensionistas
Informe de Vida Laboral emitido por la Tesorería de la Seguridad Social.
En activo: Fotocopia de la última nómina o acreditación de ingresos.
No activo: Certificado del INEM de la prestación que se perciba.

Si además percibe prestaciones de otro Estado:
Los documentos deberán estar redactados en castellano o, en su lugar, mediante traducción jurada.
Los documentos referidos a haberes figurarán en euros y estarán certificados por la embajada del país de origen.
Si informa el número de pasaporte, presentará copia del documento de ocupación de local o vivienda.

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Last modified: 14 de diciembre de 2020

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