Atención Ciudadana 965 827 000

Resolución de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos para las subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo, la creación de empresas y el emprendimiento en el 2019 cofinanciado por el Fondo Social Europeo. BDNS

6 de abril de 2019

Plazo presentación solicitudes: Desde el día 25 de mayo de 2019 hasta el día 30 de noviembre de 2019.

El Objeto de la resolución es regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a:

– Línea 1: Ayudas para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas (para esta línea, serán subvencionables los gastos realizados y pagados dentro del período comprendido desde el 1 de noviembre de 2016 hasta el 31 de octubre de 2019). Más información en:
www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-para-el-establecimiento-de-personas-desempleadas-como-trabajadoras

– Línea 2: Ayudas para la consolidación de proyectos. Más información en:
www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-para-la-consolidacion-de-proyectos

– Línea 3: Ayudas para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal del titular de la actividad emprendedora. Más información en:
www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-para-favorecer-la-conciliacion-de-la-vida-laboral-familiar-y-personal-del

– Línea 4: Ayudas para el fomento del relevo generacional, a través de las siguientes modalidades de subvención:

1ª. Subvención por la transmisión de la actividad empresarial. Más información en:
www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-de-fomento-al-relevo-generacional-subvencion-por-transmision-de-la

2ª. Subvención por la contratación de duración determinada del relevista por la persona titular de la actividad empresarial. Más información en:
www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-de-fomento-al-relevo-generacional-subvencion-por-contratacion-de-duracion

– Línea 5: Ayudas al familiar colaborador del titular de la empresa. Más información en:
www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-del-familiar-colaborador-que-causa-alta-en-el-reta-o-en-la-mutualidad-del

– Línea 6: Ayudas por la primera contratación indefinida de personas por cuenta ajena (aplicable también a sociedades civiles no patrimoniales y a sociedades limitadas unipersonales). Más información en:
www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-por-
la-primera-contratacion-indefinida-de-personas-por-cuenta-ajena

Para las líneas 2, 3, 4, 5 y 6 serán subvencionables los gastos y contrataciones o altas realizados entre el 1 de noviembre de 2018 hasta el 31 de octubre de 2019.

Línea 1: Ayudas para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.

El objeto de esta línea es ayudar al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas e impulsar el empleo por cuenta propia mediante el inicio de una actividad económica en Castilla-La Mancha, compensando los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.

Destinatarios:
a) Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia que realicen la actividad en nombre propio.
b) Las personas físicas que formen parte, en su calidad de trabajadoras autónomas, de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.

Actuaciones subvencionables por la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial:

a) Cotizaciones al RETA o mutualidad del colegio profesional correspondiente.
b) Gastos necesarios para obtener la financiación de proyectos, entendiendo como tales:

1º. Gastos de estudio destinados a la obtención del préstamo, incluyendo también los de tasación de inmuebles que figuren como garantía del préstamo o para adquisición del local donde se instalará la actividad empresarial.
2º. Gastos de formalización del préstamo o aval, incluyendo gastos de notario, registro e impuesto de actos jurídicos documentados.
3º. Gastos de estudio y formalización de un contrato de Leasing y/o Renting.
4º. Gastos de estudio y formalización de Aval Castilla la Mancha.
5º. Gastos de obtención de créditos y líneas de descuento.

c) Tasas, licencias municipales, licencias regionales Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, siempre que sean necesarios para el inicio de la actividad.
d) Gastos correspondientes al pago de cánones de entrada por franquicia, así como cánones de adhesión de agentes de entidades de crédito que se establezcan en el correspondiente contrato mercantil de agencia.
e) Diseño de imagen corporativa.
f) Gastos de publicidad y marketing relacionados con la actividad emprendedora.
g) Diseño y elaboración de página web o portales corporativos virtuales.
h) Posicionamiento web.
i) Diseño y elaboración de catálogos de productos y/o servicios prestados por la empresa, cuyos productos o servicios no estén singularizados para su venta directa.
j) Cuota de incorporación, alta o inscripción inicial en el colegio profesional correspondiente.
k) Desarrollo de prototipos de I+D, incluido el material y fungibles necesarios para la construcción y puesta en marcha de prototipos.
l) Inversiones en patentes y modelos de utilidad, incluida la tasa de solicitud de registro de marca o nombre comercial a nivel nacional en la Oficina Española de Patentes y Marcas (sólo primera marca y una clase).
m) Gastos de constitución de sociedad unipersonal de responsabilidad limitada correspondientes a notaría, registro mercantil y gastos de publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
n) Certificación de sistemas de gestión y productos: calidad, medioambiental, I+D-I, seguridad.

Cuantía:
a) Cuando el beneficiario sea un hombre: hasta un máximo de 3.500 euros, que se incrementará en 600 euros cuando el hombre tenga la condición de persona con discapacidad.
b) Cuando la beneficiaria sea una mujer: hasta un máximo de 4.500 euros, que se incrementará en 800 euros cuando la mujer tenga la condición de persona con discapacidad o y con 500 euros más cuando la mujer tenga acreditada la condición de víctima de violencia de género.

Las anteriores ayudas se incrementarán en 500 euros cuando la persona tenga la condición de desempleada de larga duración, ó que sea una persona en situación de exclusión social.

Lugar de presentación de solicitudes:

La presentación de solicitudes sólo será de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios que se incluirán en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:
www.jccm.es

así como en la Oficina Virtual de la Consejería competente en materia de autoempleo, en la dirección web:
www.e-empleo.jccm.es/ovi/

Información Adicional dirigiéndose a incentivos@jccm.es

o, en caso necesario, en Oficina de la Agencia de Desarrollo Local de Caudete, tel. 965827000 Ext. 306, desarrollo@caudete.org

¡Comparte!

Last modified: 15 de diciembre de 2020

Comments are closed.